Auto Supremo AS/0009/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0009/2011

Fecha: 14-Ene-2011

En el caso de autos, ante el allanamiento de los Vocales de la Sala Social


En el caso de autos, ante el allanamiento de los Vocales de la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba a la recusación planteada por los demandantes, éstos quedaron separados de la causa conforme dispone el parágrafo II del artículo 10 de la Ley Nº 1760; por tanto, correspondía a la Sala Civil Primera, en cumplimiento al artículo 101 de la Ley de Organización Judicial, como suplente legal asumir el conocimiento de la causa sin necesidad de declararse sin competencia porque ello significa denegar la tutela judicial que implica que las partes tienen derecho a obtener una resolución sobre el fondo del proceso, conforme estableció este Tribunal en el Auto Supremo Nº 126/2010 de 29 de abril, entre otros