Auto Supremo AS/0024/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0024/2011

Fecha: 31-Ene-2011

Amparado en estas normas el recurrente, refiere que al haber sido contratado por el Vice


Amparado en estas normas el recurrente, refiere que al haber sido contratado por el Vice Ministro de Minería y Metalurgia, como parte del Convenio de Crédito AIF-2805-BO, en base a un contrato civil y sin que sea su remuneración proveniente del Estado, no puede sustentar el presente proceso coactivo fiscal en el que se busca la restitución del importe de dinero recibido por él, en pago por el trabajo realizado a favor del indicado vice ministerio, como asesor multidisciplinario