Auto Supremo AS/0024/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0024/2011

Fecha: 31-Ene-2011

Revisados detenidamente los antecedentes del proceso, se concluye que el tribunal de alzada, definitivamente no


Revisados detenidamente los antecedentes del proceso, se concluye que el tribunal de alzada, definitivamente no incurrió en violación de las aludidas normas, pues es verdad que el recurrente, suscribió un contrato civil para prestar servicios de asesoramiento a la entidad ahora coactivamente y en base a ese pacto cumplió funciones y presentó informes respecto de las actividades que realizó y que posteriormente le fueron canceladas oportunamente