2
2.- Sustanciada la correspondiente causa con sujeción a las reglas del Código de Procedimiento Penal de 1972, el Juez Quinto de Partido en lo Penal a cargo del caso, al cabo de la fase del Plenario, dictó el 6 de septiembre de 2003 la sentencia que declaró al procesado autor del delito que le fue atribuido y por ello, lo condenó a la pena de tres años de reclusión más costas al Estado y a la parte civil y reparación de daños causados (fojas 361 a 364)
- Partes: Martín Ingala Sacama C/ Julio Mamani Butrón
- Delito: Estelionato
- Ministro Relator: José Luis Baptista Morales
- VISTOS: el recurso de nulidad y casación presentado el 13 de diciembre de 2006 por
- CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se
- 2
- 3
- 4
- 5
- 6
- 7
- 8
- En ese entendido, este Supremo Tribunal determina, que el delito establecido en el artículo 337
- CONSIDERANDO: que, del estudio de la causa se establece y determina lo siguiente
- Continuando, con relación a la observación del recurrente, sobre la falta de interpretación y apreciación
- II
- III
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Firmado
