POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones y en desacuerdo con el requerimiento fiscal de fojas 585; y, en aplicación del artículo 307 numeral 2) del Código de Procedimiento Penal declara INFUNDADOS los recursos de nulidad y casación interpuesto por Julio Mamani Butrón, impugnando el Auto de Vista emitido el 8 de noviembre de 2006 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz en el proceso seguido contra el recurrente por Martín Ingala Sacama con imputación por comisión del delito de estelionato
- Partes: Martín Ingala Sacama C/ Julio Mamani Butrón
- Delito: Estelionato
- Ministro Relator: José Luis Baptista Morales
- VISTOS: el recurso de nulidad y casación presentado el 13 de diciembre de 2006 por
- CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se
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- En ese entendido, este Supremo Tribunal determina, que el delito establecido en el artículo 337
- CONSIDERANDO: que, del estudio de la causa se establece y determina lo siguiente
- Continuando, con relación a la observación del recurrente, sobre la falta de interpretación y apreciación
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- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Firmado
