Auto Supremo AS/0278/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0278/2011

Fecha: 04-Nov-2011

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3.- Impugnó esa sentencia el procesado mediante recurso de apelación interpuesto el 23 de enero de 2004, el cual fue presentado con los siguientes argumentos: a) Carece de fundamento la sentencia que le impuso una sanción condenatoria, pues en los hechos, como se demostró con abundante prueba durante la sustanciación de la causa, no hubo tal venta de vehículo sino un acuerdo de préstamo de dinero garantizado con dicho vehículo; b) Antes de la suscripción del mencionado contrato fueron canceladas las obligaciones de pago por préstamos obtenidos de entidades bancarias (fojas 369 y 384 a 386)