Auto Supremo AS/0242/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0242/2011

Fecha: 16-Ago-2011

A mérito de éstas consideraciones y revisados los antecedentes procesales en el caso de autos,


A mérito de éstas consideraciones y revisados los antecedentes procesales en el caso de autos, se evidencia que en fecha 14 de abril de 2002, cuando concluyó la relación laboral entre COMEXIN S.A. y la actora, ella gozaba del derecho de inamovilidad laboral, toda vez que su hijo recién tenía la edad de tres meses, en consecuencia al haber sido despedida indirectamente, prescindiendo el empleador del anunció con anticipación a la trabajadora que iba ha concluir la relación laboral a través del denominado "pre-aviso", conforme dispone el art. 12 de la LGT, corresponde pagar el desahucio reclamado