Auto Supremo AS/0292/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0292/2011

Fecha: 30-Sep-2011

En relación a lo resuelto sobre la nulidad de la expropiación, observó que la pretendida


En relación a lo resuelto sobre la nulidad de la expropiación, observó que la pretendida nulidad no fue expresamente pedida en la demanda y que al contrario de lo fundamentado por el Tribunal de alzada, la expropiación no constituye un contrato entre particulares o con el Municipio actuando como persona de derecho privado, por lo que de ninguna manera se podía pretender esa nulidad aduciendo alguna causal prevista por el artículo 549 del Código Civil. Al respecto señaló que las únicas formas de lograr la nulidad de las Ordenanzas Municipales, figura distinta a la nulidad del trámite de expropiación, demandada por la actora, sería a través de la emisión de otra Ordenanza Municipal, que deje sin efecto la anterior; por la declaración de inconstitucionalidad de la Ordenanza Municipal; por haberse declarado fundado un recurso de inconstitucionalidad contra la Ordenanza Municipal por incompetencia del órgano emisor