Auto Supremo AS/0303/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0303/2012

Fecha: 24-Oct-2012

Por Secretaría de Sala, remítase copias legalizadas de la Sentencia, el Auto de Vista y

POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1 de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación de la disposición contenida en el art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Santiago Romero Reyes (fs. 147 a 151), impugnando el Auto de Vista Nro. 26/2012 de 17 de agosto de 2012 emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija (fs. 129 a 131) en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente por la presunta comisión del delito de violación de niño, niña o adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis del Código Penal.
Por Secretaría de Sala, remítase copias legalizadas de la Sentencia, el Auto de Vista y el presente Auto Supremo a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia, para que se inhiban de dictar resoluciones en las que se debaten las mismas cuestiones de derecho, hasta que se les haga conocer la resolución emergente de este recurso de casación, todo conforme prevé el citado art. 418 en su parágrafo segundo del mismo cuerpo legal