Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0396/2012
Fecha: 01-Nov-2012
Proceso: Infraccional
Proceso: Infraccional
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Partes: Ministerio Público c/ Jhonatan Nico Cáceres Ocampo
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Proceso: Infraccional
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Distrito: Tarija
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ANTECEDENTES DEL PROCESO
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CONSIDERANDO II
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También señala, conculcación de derechos, arguyendo que la Sentencia se da un plazo sin citar
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En base a lo argüido, solicita al Tribunal de casación, se anule la Sentencia por
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Solo en vía de aclaración corresponde anotar que el recurso formulado por el padre del
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Luego de toda esa deficiencia procesal, en forma posterior extrañamente se encuentra las fojas 19
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Asimismo corresponde anotar que al pie del folio de fs
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Los actos como la imputación formal y proveídos jurisdiccionales desordenados, anteriores al requerimiento conclusivo de
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Conforme a lo anotado precedentemente, con la finalidad de evitar la aplicación de terminología equivocada,
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En nuestro ordenamiento jurídico el Art
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Cuando se dice que los menores de 16 años son inimputables, quiere decir que no
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En ese sentido, el art
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Teniendo en cuenta el carácter eminentemente protector de las disposiciones de la niñez y adolescencia,
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Concluyendo que, en el caso de Autos, se ha visto que la terminología empleada por
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Consecuentemente, este Tribunal ante los errores in procedendo, conforme al Art
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Siendo excusable el error, no se impone multa de ley
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Dese cumplimiento al art. 17 de la Ley del Órgano Judicial
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
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