Auto Supremo AS/0490/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0490/2012

Fecha: 27-Nov-2012

Consecuentemente, se establece que, la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia

Consecuentemente, se establece que, la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, al revocar en su totalidad la Sentencia CT Nº J1º 001/2011 de 30 de marzo de 2011, ha incurrido en las sanciones previstas en el artículo 253. 1) del Código de Procedimiento Civil, y ha aplicado, incorrectamente la normativa vigente respecto al procedimiento de determinación y sancionador, por lo que, en este estado, corresponde resolver la causa en la forma prevista en los artículos 271. 4 y 274 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por mandato de la norma remisiva contenida en los artículos 214 y 297. II de la Ley Nº 1340 de 28 de mayo de 1992