Auto Supremo AS/0376/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0376/2012

Fecha: 12-Dic-2012

En ese marco legal, y analizado el recurso, no se abre la competencia de este


En ese marco legal, y analizado el recurso, no se abre la competencia de este Tribunal por expresa prohibición del artículo 518 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, el recurso que motiva el presente análisis, es inviable su consideración e impide a este Tribunal abrir su competencia, por lo que corresponde su resolución en la forma prevista por el artículo 271 inciso 1) del Código de Procedimiento Civil, con la facultad remisiva del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo