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    Auto Supremo AS/0376/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0376/2012

    Fecha: 12-Dic-2012

    REGISTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE


    REGISTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral seguido por Luis Cuellar Melgar contra la Empresa
    • Que, contra el referido Auto de Vista, el recurrente, interpuso el recurso de casación de
    • Refiere que el Tribunal de Alzada, no tomó en cuenta que no se presentó apelación
    • Concluye el memorial, solicitando a este Tribunal Supremo, case el Auto de Vista, ordenando el
    • CONSIDERANDO II: Que así expuesto los fundamentos del recurso de casación en el fondo, para
    • En virtud de lo anterior, la norma adjetiva laboral y civil establece de manera precisa
    • Que en el marco legal descrito, se evidencia que el recurso presentado por el recurrente,
    • Que, de la revisión minuciosa de antecedentes, se advierte que el Juez Primero de Partido
    • Que, el artículo 276 del Código de Procedimiento Civil establece que a las resoluciones dictadas
    • Al respecto, la uniforme jurisprudencia sentada por la Corte Suprema de Justicia ha establecido como
    • En ese marco legal, y analizado el recurso, no se abre la competencia de este
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia, con la
    • MAGISTRADO RELATOR: Dr. Delfin Humberto Betancourt Chinchilla
    • REGISTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
    • Ante mí: Abog. Soraya Ortega Aparicio. Secretaria de Sala Social y Administrativa Liquidadora

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