Auto Supremo AS/0457/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0457/2012

Fecha: 03-Dic-2012

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,


POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 41 y 42 parágrafo I numeral 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial y en aplicación de lo previsto en los arts. 271 núm. 1) y 272 num.2) del Código de Procedimiento Civil declara, IMPROCEDENTE el recurso de casación en la forma interpuesto por Sado Ángel Arce y conforme al art. 271 num. 4) y art. 274 del mismo cuerpo legal, en cuanto al recurso de casación en el fondo, CASA el Auto de Vista Nro. 69/2012 de fecha 5 de septiembre de fs. 120 a 121 vlta., dictado por la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí y deliberando en el fondo, declara PROBADA la Demanda cursante de fs. 3 a 5 de fecha 29 de septiembre de 2010, en consecuencia se dispone la inserción del apellido paterno Menar en los datos de inscripción del Registro Civil del demandante, debiendo quedar inscrito como SADO ANGEL MENAR ARCE y registrar el nombre del padre Félix Menar Chila en el casillero correspondiente a los datos del padre, sea en la Partida de Nacimiento Nº 699, Folio Nº 67, Libro Nº 500060810N0 de la Oficialia Nº 564, cuya fecha de partida es de 19 de febrero de 1963, del Departamento de Potosí, Provincia Tomás Frías, cantón Potosí, localidad Potosí cuyos datos contiene el Certificado de Nacimiento inserto a fs. 1 de obrados. Debiendo a ese fin notificarse a la Dirección de Registro Cívico del Departamento de Potosí, con las formalidades que corresponda