Auto Supremo AS/0465/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0465/2012

Fecha: 03-Dic-2012

En el fondo

En el fondo:
1.- Acusa la violación del art. 190 del Código de Procedimiento Civil toda vez que no se han valorado los cargos presentados por la recurrente, no se tomo en cuenta que siendo la causal de divorcio las injurias graves demostradas a través de las pruebas de fs. 9-10, 40-41, 87-89 y 257 a 262 de obrados hacen referencia precisamente a la violencia psicológica ejercida sobre la recurrente.
Afirma que efectivamente ninguno de los testigos hacen alusión al maltrato físico, pero hacen énfasis al maltrato psicológico tanto a ella y el trato discriminatorio ejercitado por el demandado respecto al hijo menor de la pareja. Maltrato que ha sido continuo, no otra cosa significa el modo de expresarse en los distintos memoriales presentados por el demandado cuando hace insinuaciones sobre su dudosa salud mental o afirma que la actitud desquiciada de su esposa puede causar daños irreparable a la conducta del hijo menor, o que la presencia de ella estorba una relación de padre a hijos, que solo las personas que padecen de una enfermedad psicológica usan a los hijos para chantajearlos y extorsionar a los padres, malgastar dineros en otras actividades inventando falso sufrimiento maternal, etc.; quedando entonces de manifiesto el carácter agresivo del demandado, aspecto que no fue tomado en cuenta por el Ad quem a tiempo de valorar la prueba de manera integral