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5.- Que, luego de la prosecución del proceso, entre varias divergencias que tuvo que sufrir, el Juez de Partido Tercero en lo Civil, dictó Sentencia en fecha 30 de abril de 2010, (fs. 563 a 566 vlta.) declarando probada en parte la demanda, disponiendo la Resolución de los contratos de obra N° 059/2006 de fecha 6 de noviembre de 2006; 086/2006 de 21 de diciembre de 2006: 015/2007 de 16 de mayo de 2007, como sus contratos complementarios; ordenando el pago por reajuste de precios consignados en planilla que la contratista hizo llegar oportunamente a la Universidad, cuyo monto global (de los tres contratos) importa la suma total de Bs. 5.245.139,93, sin costas al tenor del art. 39 de la Ley 1178
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de fondo que es apelada por el Universidad Autónoma Gabriel Rene Moreno y por
- CONSIDERANDO II
- Casación en el fondo
- De la revisión de los antecedentes procesales debemos detallar lo siguiente
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- Establecido lo anterior, y siendo que el presente proceso se suscita en torno a las
- El concepto jurídico brindado, nos induce a realizar una precisión en función a los sujetos
- Ahondando en el análisis, el Auto Supremo Nro
- Alfonso Nava Negrete señala que: "El contrato administrativo, es el contrato que celebra la administración
- Elizabeth Iñiguez de Salinas define al contrato administrativo como: "el acuerdo de voluntades generador de
- Al respecto el art
- En ese sentido el art
- El D
- Bajo lo esgrimido, no puede quedar duda de la distinción entre un contrato privado y
- En éste tejido doctrinal, se orienta dos exigencias en la regulación específica del contrato administrativo
- El A
- Establecido lo anterior podemos concluir que el marco legal anterior a la Constitución Política del
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.
