Resolución de fondo que es apelada por el Universidad Autónoma Gabriel Rene Moreno y por
Resolución de fondo que es apelada por el Universidad Autónoma Gabriel Rene Moreno y por Nelson Henry Montalvo por la Empresa Constructora Aguaragüe, concediendo el Juez inferior la indicada apelación más la apelación de fecha 28 de mayo de 2010 cursante a fs. 591 a 594 en efecto suspensivo, y apelación en el efecto diferido del auto de fecha 27 de julio de 2009 cursante de fs. 257 a 258; y como consecuencia de ello se dicta el Auto de Vista de fecha 24 de julio de 2012, cursante de fs. 1577 a 1570 que anula obrados hasta fs. 1462, ordenando que el Juez A quo modifique la concesión del recurso inserta en el Auto de fecha 02 de febrero del 2011 contra la resolución de fecha 06 de enero del 2011 en el efecto devolutivo; resolución de alzada que es recurrida de casación en el fondo y en la forma por Nelson Henry Montalvo por la Empresa Constructora Aguaragüe, que merece el presente análisis
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de fondo que es apelada por el Universidad Autónoma Gabriel Rene Moreno y por
- CONSIDERANDO II
- Casación en el fondo
- De la revisión de los antecedentes procesales debemos detallar lo siguiente
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- Establecido lo anterior, y siendo que el presente proceso se suscita en torno a las
- El concepto jurídico brindado, nos induce a realizar una precisión en función a los sujetos
- Ahondando en el análisis, el Auto Supremo Nro
- Alfonso Nava Negrete señala que: "El contrato administrativo, es el contrato que celebra la administración
- Elizabeth Iñiguez de Salinas define al contrato administrativo como: "el acuerdo de voluntades generador de
- Al respecto el art
- En ese sentido el art
- El D
- Bajo lo esgrimido, no puede quedar duda de la distinción entre un contrato privado y
- En éste tejido doctrinal, se orienta dos exigencias en la regulación específica del contrato administrativo
- El A
- Establecido lo anterior podemos concluir que el marco legal anterior a la Constitución Política del
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.
