En el caso de Autos, el demandante no hizo ningún reclamo ni objeción a los
En el caso de Autos, el demandante no hizo ningún reclamo ni objeción a los puntos de probanza fijados en el Auto de relación procesal de fs. 82 y vlta., consintiendo tácitamente en los puntos de probanza que fueron fijados en dicha resolución, donde no se encuentra consignada la acción negatoria del demandante; es más, a lo largo de su actuación procesal hasta la emisión de la Sentencia, no hace mayor referencia a su acción negatoria, salvo en el memorial de ofrecimiento de prueba donde simplemente lo menciona y nada más; al no haber sido sometida a probanza la acción negatoria del demandante, el Juez A quo no estaba obligado a considerar en Sentencia tal aspecto, de donde se concluye que su actuación fue en función a lo determinado en el Auto de relación procesal
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- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dr. Rita Susana Nava Durán.
