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Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Firmado: Dra. Norka Mercado Guzmán
Dr. Antonio Capero Segovia
Ante mi: Raúl Tito Choclo Rubin de Celis
Secretario de Cámara de la Sala Social y Administrativa
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Firmado: Dra. Norka Mercado Guzmán
Dr. Antonio Capero Segovia
Ante mi: Raúl Tito Choclo Rubin de Celis
Secretario de Cámara de la Sala Social y Administrativa
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- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma interpuesto
- Arguyendo también que no puede el Tribunal de Alzada señalar que no es confesión espontánea
- Con referencia al contrato de trabajo, denunció la violación de los artículos 6 de la
- CONSIDERANDO II: Que, así interpuesto el recurso de casación, de la revisión de los antecedentes
- En cuanto al recurso de casación en el fondo, en el que la parte recurrente
- Revisados los antecedentes procesales se advierte que el actor fue contratado como maestro panadero por
- En este contexto, si bien es cierto, en el aludido contrato no se menciona un
- Ahora bien, el hecho de que el trabajador hubiera percibido de manera semanal el pago
- Con relación a que el Tribunal ad quem habría entrado en contradicción al señalar sobre
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
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