Auto Supremo AS/0514/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0514/2012

Fecha: 17-Dic-2012

El artículo 48 de la Constitución Política del Estado, establece que las disposiciones sociales y

Contra dicha resolución o Auto de Vista Nº 57/2012 de fecha 21 de septiembre de 2012, Juan Chirinos Saldivar, formuló recurso de casación en el fondo y la forma (fs. 376-379), manifestando y fundamentando en los siguientes términos:
Inaplicación de principios y normas que rigen materia laboral.
El artículo 48 de la Constitución Política del Estado, establece que las disposiciones sociales y laborales son de cumplimiento obligatorio; las normas laborales se aplican bajo los principios de protección, primacía de la relación laboral, continuidad y estabilidad laboral, de no discriminación y de inversión de la prueba en favor del trabajador. Así mismo, los beneficios y derechos reconocidos en favor del trabajador, no pueden renunciarse y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos. De otro lado, manifiesta que los salarios o sueldos devengados, derechos laborales, beneficios sociales y aportes a la seguridad social no pagados tienen privilegio y preferencia sobre cualquier otra acreencia y son inembargables e imprescriptibles. Estos principios, según él recurrente no fueron aplicados a momento de emitir la sentencia 302/2012, siendo que durante la etapa probatoria aportó prueba consistente en boletas de pago y especialmente un certificado de trabajo que acredita una relación de trabajo, que inicia el 01 de febrero de 1971 y concluye el 20 de abril de 2010; existiendo relación de trabajo, dependencia y subordinación, por cuenta ajena a cambio de una remuneración conforme establece el D.S. 28699, y el artículo 1 de la L.G.T.; elementos que no fueron valorados por la Juez A quo