Auto Supremo AS/0520/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0520/2012

Fecha: 14-Dic-2012

Precisando los elementos y características propios de éste tipo contractual, el A

De la revisión de antecedentes, si bien el Ad quem anuló obrados por haberse emitido decisión respecto a la perención de instancia; sin embargo de ello este Tribunal con la facultad conferida por el Art.252 del Código de Procedimiento Civil, se encuentra obligado a realizar revisión de lo actuado y verificar si los órganos inferiores desarrollaron el proceso con infracciones que interesan al orden público como es la competencia por razón de la materia. A tal efecto, se evidencia que el presente proceso versa sobre un contrato de Concesión de Gestión y Control de Servicios de Recinto Aduanero de fecha 4 de diciembre de 1992 suscrito entre Ex_ Ministerio de Finanzas (Actual Ministerio de Economía y Finanzas) con la Empresa de Servicios de Custodia Aérea Ltda.. (SERCA Ltda.), con el objeto de que la empresa concesionaria SERCA LTDA. asuma la responsabilidad de gestión y control del reciento aduanero otorgado en concesión, además del mantenimiento, protección y conservación de la infraestructura y otros activos, conforme señala la cláusula tercera.
Siendo la pretensión de la entidad demandante, el cumplimiento de un contrato administrativo en la vía ordinaria civil, por su enorme importancia que representa para la Administración Pública, se hace necesario referirse a dichos contratos administrativos para luego determinar a que juez o tribunal corresponde el conocimiento de las demandas emergentes de los mismos.
Precisando los elementos y características propios de éste tipo contractual, el A.S. No. 405 de 1ro de noviembre de 2012 delineó jurisprudencia bajo éste razonamiento: "El Autor Mariano Gómez González, define a los contratos administrativos como: " ...todos aquellos contratos en que interviene la Administración, legalmente representada, y tienen por objeto la ejecución de una obra o servicio público, ya sea en interés general del Estado, de la Provincia o del Municipio"