Auto Supremo AS/0520/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0520/2012

Fecha: 14-Dic-2012

Que, a fojas 153 vlta

Que, a fojas 153 vlta., se admite las excepciones y se corre traslado a la demandante, seguidamente a fojas 425 a 433 vlta., contesta la demanda negando en todos sus extremos, siendo admitida la respuesta por el proveído de fs. 434, posteriormente de fojas 456 a 458, la representante del Ministro de Finazas y Economía Publica, responde las excepciones y se admite mediante proveído de fs. 458 vlta., seguidamente a fs. 463 el demandado solicita la perención de Instancia, corriéndose traslado a la demandante, respondiendo la misma a fs. 465 y vlta. Solicitando en su parte in fine la resolución de las excepciones planteadas por el demandado, continuadamente responde a traslado a fojas 467 solicitando el rechazo de la solicitud de contrario y se resuelvan las excepciones interpuestas por contrario