Auto Supremo AS/0553/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0553/2012

Fecha: 21-Dic-2012

En consecuencia se evidencia, en el proceso que se analiza, que la desvinculación laboral se

En consecuencia se evidencia, en el proceso que se analiza, que la desvinculación laboral se produjo en fecha 31 de mayo de 2009 conforme finiquito de 16 de junio de 2009 cursante a fs. 4 repetido a fs. 14, fecha en la cual se procede a cancelarle por los conceptos de duodécimas de aguinaldo y indemnización por nueve meses de trabajo situación que no es motivo de la litis, pues sólo se demandó el pago del desahucio más su correspondiente multa, por lo que no amerita realizar mayor análisis con referencia a esta acusación, por lo expuesto tampoco corresponde dilucidar respecto a la excepción de pago documentado al evidenciarse que dicho pago no fue por el concepto demandado en el presente proceso