ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 370 a fs. 376 vlta, interpuesto por Norma Teresa Paz Limpias, contra el Auto de Vista de fs. 367 y vlta, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de Extinción de Obligación y Cancelación de Gravámenes Hipotecarios, instaurado por Norma Teresa Paz Limpias contra Financiera de Desarrollo Santa Cruz S.A.M (FINDESA S.A.M), sus antecedentes, las normas legales acusadas de infringidas; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, el Auto de Vista impugnado que cursa en fs. 367 y vlta, confirma la sentencia de fs. 347 a 351, dictado por el Juez Séptimo de Partido Ordinario en Materia Civil y Comercial de Santa Cruz, que declaró improbada la demanda de fs. 44 a fs. 47 vlta, sobre extinción de obligaciones y cancelación de gravámenes hipotecarios; se salvó los derechos de la demandante para hacerlos valer por cuerda separada
- Proceso: Extinción de Obligaciones y Cancelación de Gravámenes Hipotecarios
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra el Auto de Vista emitido en virtud a la apelación planteada por Norma Teresa
- CONSIDERANDO II
- Por todo lo dicho la recurrente solicitó se case el Auto de Vista y se
- CONSIDERANDO III
- Esta forma de cumplir una obligación está establecida y reconocida en la norma de los
- Por lo dicho, la dación en pago es subrogar el cumplimiento que implica la existencia
- Al respecto y de la revisión de los antecedentes en obrados de fs
- Si bien es cierto que en el proceso de resolución de contrato que instauro la
- Establecido aquello, de la revisión del contrato de dación en pago, cursante de fs 29
- Consiguientemente, la obligación de la demandante en sentido de que se haga efectivo por parte
- La obligación que tiene Texturex S
- Por lo antes descrito corresponde resolver el recurso conforme las previsiones contenidas en el Art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
