Auto Supremo AS/0058/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0058/2012

Fecha: 22-Mar-2012

Consiguientemente, la obligación de la demandante en sentido de que se haga efectivo por parte

Consiguientemente, la obligación de la demandante en sentido de que se haga efectivo por parte de la financiera el cobro de los documentos referidos, se encuentra vigente y de su cumplimiento depende el cumplimiento de la liberación de las hipotecas por parte de la financiera. Resultando por ello que en tanto no se hagan efectivo el cobro del importe de esos documentos, la financiera no se encuentra obligada a proceder a la liberación de las hipotecas o desgravamen