Auto Supremo AS/0058/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0058/2012

Fecha: 22-Mar-2012

Por lo antes descrito corresponde resolver el recurso conforme las previsiones contenidas en el Art

En el caso de autos se establece que la garantía hipotecaria, cuya extinción pretende la actora, se encuentra reatada al cumplimiento previo de las obligaciones que esta adquirió a favor de Findesa S.A.M. Al estar vigente y subsistir la obligación principal que tiene Texturex S.A. a favor de Findesa S.A.M, igualmente vigente se encuentra la garantía hipotecaria, no siendo en consecuencia evidentes las infracciones acusadas por la parte recurrente, habiendo los tribunales de instancia circunscrito su resolución en base a una correcta interpretación de las normas en que se sustentan los fallos de instancia.
Por lo antes descrito corresponde resolver el recurso conforme las previsiones contenidas en el Art. 271 num. 2) y Art. 273 del Código de Procedimiento Civil