Todas estas referencias efectuadas por el recurrente sin especificar, ni precisar las causales infraccionales en
Todas estas referencias efectuadas por el recurrente sin especificar, ni precisar las causales infraccionales en las cuales ampara su recurso, y las exigencias legales para la anuencia del mismo, sin embargo se establece lo siguiente:
1) El Auto de Vista recurrido ha reconocido, el promedio indemnizable en el marco de la escala prevista por el artículo 60 del Decreto Supremo No. 21060 de 29 de agosto de 1985 y sobre la base que refiere el artículo único del Decreto Supremo No. 23474 de 20 de abril de 1993
- PARTES: Gustavo Carrión Calderón c/ Banco de Crédito de Bolivia S.A
- En grado de apelación, deducido por el demandante y el Banco de Crédito de Bolivia
- Que, el recurso de casación en la forma y en el fondo deducido por Gustavo
- Planteado de esta forma el recurso, se concluye lo siguiente
- Que, en atención a la acusación referente a la violación del artículo 3 del Decreto
- Sobre esta acusación cabe resaltar que la infracción de violación de la ley establecida por
- Sin embargo tratándose de un caso típico de retiro voluntario con recontratación inmediata, situación que
- 3) Los artículos 157 y 162 de la Constitución Política del Estado (1967), por no
- Todas estas referencias efectuadas por el recurrente sin especificar, ni precisar las causales infraccionales en
- 3) Sobre la infracción de los artículos 157 y 162 de la Constitución Política del
- Que, el recurrente acusa que los poderes otorgados a favor de la señora Sonia Coty
- Por todo lo referido, y dada la escasez y precariedad del recurso planteado se concluye
- CONSIDERANDO V
- Que, el recurso de casación en el fondo, deducido por el Banco de Crédito de
- En relación a la acusación de aplicación e interpretación errónea del artículo 120 de la
- Estos principios han sido trasuntados en las normas laborales contenidas en los artículos 157 y
- Que los tribunales de instancia, han obrado conforme a derecho, sin incurrir en la violación
- Bajo éste marco se concluye que el Auto de Vista se ajusta a las normas
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- ibro Tomas de Razón 19/2012
