POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad que le confiere el artículo 42 parágrafo I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, CASA EN PARTE el Auto de Vista Nº 097/2011-SSA-I de fecha 7 de octubre de 2011 cursante a fs. 213, y deliberando en el fondo dispone que adicionalmente a la cancelación de horas extraordinarias a Rosa Geovanna Dorado Peñaranda dispuesta en la Sentencia Nº 26/2009 cursante a fs. 188-190, se le cancele el pago de indemnización, en base a la siguiente liquidación
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
- Interpuesto el recurso de apelación (fs
- Dicha resolución motivó que la demandante formule recurso de casación en el fondo (fs
- Por otra parte reclama que el juez a-quo no valoró su carta de renuncia a
- Por otra parte, en cuanto al pago del saldo de sueldos, reclama que los mismos
- Finalmente solicita que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto recurrido y deliberando en
- CONSIDERANDO II: Que no obstante que el recurso planteado no cumple a cabalidad con los
- En cuanto al reclamo de documentación no valorada por el a-quo, debe puntualizarse que la
- En el caso de autos, las literales cursantes a fs
- En referencia al reintegro de sueldos, los mismos no corresponden toda vez que no se
- En cuanto a la vulneración del artículo 53 de la Ley General del Trabajo y
- Así también, se advierte que los jueces de instancia dispusieron que no le corresponde a
- Por otra parte, es evidente que si bien la actora al haber presentado su renuncia
- Consecuentemente, conforme lo expuesto corresponde dar aplicación a los artículos 271 inciso 4) y 274
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- No siendo excusable la omisión en la que incurrieron los jueces de instancia, se impone
- Para Resolución previa convocatoria de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Dr. Jorge Von Borries Méndez
- Ante Mi: Raúl Tito Choclo Rubin de Celis
- Secretario de Cámara de Sala Social y Adm.
