CONSIDERANDO: Que, así interpuestos los recursos se ingresa a su consideración y análisis, y se
Finaliza su recurso, solicitando al Tribunal de Casación, en aplicación del artículo 253 - 1) del Código de Procedimiento Civil case el auto de vista recurrido y se mantenga firme la sentencia de 19 de septiembre de 2005
CONSIDERANDO: Que, así interpuestos los recursos se ingresa a su consideración y análisis, y se tiene:
I.- En cuanto al recurso de casación y/o nulidad interpuesto por Freddy Chávez Landa.-
A través de su abundante jurisprudencia, este Tribunal Supremo ha dejado establecido que el recurso de casación constituye una demanda nueva de puro derecho, que es concedida para invalidar una sentencia o auto definitivo en los casos expresamente señalados por Ley, pudiendo plantearse en el fondo, en la forma o en ambos a la vez, conforme establece el artículo 250 del Código de Procedimiento Civil.
Si el recurso de casación se interpone en el fondo, deberá circunscribirse a las causales de procedencia establecidas por el artículo 253 del Código adjetivo civil; siendo su finalidad la casación de la sentencia o auto de vista recurrido y la emisión de una nueva resolución, unificando la jurisprudencia e interpretación de las normas jurídicas o creando nueva jurisprudencia. En tanto que si el recurso se plantea en la forma, la fundamentación debe adecuarse a las previsiones establecidas el artículo 254 del mismo cuerpo legal; cuya finalidad es la anulación de la resolución recurrida o del proceso mismo - con o sin reposición - cuando se hubieren violado las formas esenciales del proceso sancionadas con nulidad por la ley. Técnicamente no hay recurso de casación, cuando se plantea uno en el que no se concreta correctamente el reclamo como casación en el fondo o casación en la forma, lo que implica su improcedencia
Tanto en el recurso de casación en el fondo como en la forma es de inexcusable cumplimiento el mandato del artículo 258-2) del Código de Procedimiento Civil, es decir, deben citarse en términos claros, concretos y precisos la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y especificar en qué consiste la violación, falsedad o error y proponiendo la solución jurídica pertinente; especificaciones que deben hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales o escritos anteriores ni suplirse posteriormente, esto porque el recurso de casación es un acto procesal complejo, puesto que entre los elementos de forma esenciales a contener no es sólo expresar la voluntad de impugnar, sino principalmente fundamentar esa impugnación conforme al modo de la estructura, del acto impugnado. Así, el recurso de casación está sometido a estrictos requisitos formales, de riguroso e indispensable cumplimiento, que determinan la admisión del mismo, de lo contrario se lo rechaza por la improcedencia, dando cumplimiento a la previsión del artículo 272 - 2) del Código de Procedimiento Civil
- Proceso: Nulidad parcial de contrato de préstamo de dinero y otros
- Partes: Sergio Balcazar Arana c/Freddy Chávez Landa y otro
- VISTOS: Los recursos de casación y/o nulidad de fojas 153 a 157 y de fojas
- Apelada la sentencia tanto por el demandante Sergio Balcazar Arana y por el codemandado Freddy
- Contra el auto de vista, los demandados Freddy Chávez Landa y Roberto Tito Paz Jordán,
- Finaliza su recurso señalando que, al haber el tribunal de apelación incurrido en errores de
- En su recurso de casación de fondo acusa: Errónea aplicación del artículo 1340 y del
- CONSIDERANDO: Que, así interpuestos los recursos se ingresa a su consideración y análisis, y se
- Por otro lado, cuando en la apreciación de las pruebas se hubiere incurrido en error
- En la especie, si bien el recurrente funda el mismo en las causales de casación
- Por otra parte, el recurrente en base al impreciso recurso pretende que, el Tribunal Supremo
- El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal
- II
- En el sub lite, analizando los antecedentes especialmente la documentación cursante de fojas 2 a
- Por otra parte, al contener la cláusula tercera del documento obligacional de fojas 1 a
- Lo expuesto precedentemente y visto desde la óptica de las disposiciones legales citadas, indudablemente llevan
- La demanda como acto procesal consiste materialmente de un documento a través del cual se
- La pretensión es el motivo de la controversia y ésta el tema sobre el cual
- POR TANTO: La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- ibro Tomas de Razón 84/2012
