En su recurso de casación de fondo acusa: Errónea aplicación del artículo 1340 y del
II.- Roberto Tito Paz Jordán.-
En su recurso de casación de fondo acusa: Errónea aplicación del artículo 1340 y del inciso 3) del artículo 549 ambos del Código Civil, señalando que el motivo que determinó la Escritura Pública Nº 98 de 2 de febrero de 2001, fue el de otorgar un préstamo de dinero a favor del actor independientemente de que existan garantías o no, y que el hecho de haberse insertado la cláusula tercera en dicho documento obedece a una decisión consentida con el objeto de dar seguridad al prestatario respecto a la recuperación o devolución de dinero y no precisamente la venta o transferencia de la acción otorgada en garantía hipotecaria; acusa inobservancia del artículo 332 del Código de Procedimiento Civil al modificar el tribunal de apelación la causal de nulidad en la cual el actor funda su demanda al no haberse considerado que el actor ha amparado su demanda en la causal establecida en el inciso 2) del artículo 549 y no en el inciso 3), sin que el transcurso del proceso haya modificado la misma; señala que el poder ha sido otorgado en estricta observancia de los artículos 804, 809, 810 parágrafo II, 811, 812 y siguientes del Código Civil
- Proceso: Nulidad parcial de contrato de préstamo de dinero y otros
- Partes: Sergio Balcazar Arana c/Freddy Chávez Landa y otro
- VISTOS: Los recursos de casación y/o nulidad de fojas 153 a 157 y de fojas
- Apelada la sentencia tanto por el demandante Sergio Balcazar Arana y por el codemandado Freddy
- Contra el auto de vista, los demandados Freddy Chávez Landa y Roberto Tito Paz Jordán,
- Finaliza su recurso señalando que, al haber el tribunal de apelación incurrido en errores de
- En su recurso de casación de fondo acusa: Errónea aplicación del artículo 1340 y del
- CONSIDERANDO: Que, así interpuestos los recursos se ingresa a su consideración y análisis, y se
- Por otro lado, cuando en la apreciación de las pruebas se hubiere incurrido en error
- En la especie, si bien el recurrente funda el mismo en las causales de casación
- Por otra parte, el recurrente en base al impreciso recurso pretende que, el Tribunal Supremo
- El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal
- II
- En el sub lite, analizando los antecedentes especialmente la documentación cursante de fojas 2 a
- Por otra parte, al contener la cláusula tercera del documento obligacional de fojas 1 a
- Lo expuesto precedentemente y visto desde la óptica de las disposiciones legales citadas, indudablemente llevan
- La demanda como acto procesal consiste materialmente de un documento a través del cual se
- La pretensión es el motivo de la controversia y ésta el tema sobre el cual
- POR TANTO: La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- ibro Tomas de Razón 84/2012
