Auto Supremo AS/0091/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0091/2012

Fecha: 28-Jun-2012

Respecto de la supuesta vulneración del artículo 140 del Código Procesal del Trabajo, éste señala


Respecto de la supuesta vulneración del artículo 140 del Código Procesal del Trabajo, éste señala claramente que "Si el demandado contestara afirmativamente todos los puntos de la demanda, se tendrá por confesa a la parte y el Juez, sin más trámite, pronunciará sentencia declarándola probada. Si confiesa en parte, sólo en esta se tendrá por probada, debiendo seguir el proceso sobre los demás puntos demandados." Es decir, que con la afirmación expuesta en el memorial de contestación a la demanda -último párrafo de fojas 87 y que continúa a la vuelta- la recurrente admitió que el actor prestó servicios en la Unidad Educativa de su propiedad, por lo que no se evidencia que la disposición legal señalada hubiere sido vulnerada