Por memorial presentado el 14 de abril de 2012, de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 123/2012-RRC
Sucre, 15 de junio de 2012
Expediente : Santa Cruz 35/2012
Parte acusadora : Masakatsu Shimabukuro
Parte imputada : Takahiro Seo Takeuchi e Hiromi Seo
Delitos : Desvío de Clientela y Corrupción de Dependientes
Magistrada Relatora : Dra. Maritza Suntura Juaniquina
RESULTANDO
Por memorial presentado el 14 de abril de 2012, de fs. 759 a 762 vta., Takahiro Seo Takeuchi e Hiromi Seo, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 12 de 24 de febrero de 2012, cursante de fs. 719 a 723 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Masakatsu Shimabukuro contra Takahiro Seo Takeuchi e Hiromi Seo por los delitos de Desvío de Clientela y Corrupción de Dependientes, previstos y sancionados por los arts. 237 y 238 del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 123/2012-RRC
Sucre, 15 de junio de 2012
Expediente : Santa Cruz 35/2012
Parte acusadora : Masakatsu Shimabukuro
Parte imputada : Takahiro Seo Takeuchi e Hiromi Seo
Delitos : Desvío de Clientela y Corrupción de Dependientes
Magistrada Relatora : Dra. Maritza Suntura Juaniquina
RESULTANDO
Por memorial presentado el 14 de abril de 2012, de fs. 759 a 762 vta., Takahiro Seo Takeuchi e Hiromi Seo, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 12 de 24 de febrero de 2012, cursante de fs. 719 a 723 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Masakatsu Shimabukuro contra Takahiro Seo Takeuchi e Hiromi Seo por los delitos de Desvío de Clientela y Corrupción de Dependientes, previstos y sancionados por los arts. 237 y 238 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 14 de abril de 2012, de fs
- a) En mérito a la acusación particular de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados formularon recurso de apelación restringida conforme se tiene
- 2012, que declaró improcedente la apelación restringida de fs
- El Auto de Vista impugnado incumplió lo dispuesto por el Auto Supremo 308 de 1
- Los recurrentes señalando violación a sus derechos y garantías constitucionales al debido proceso, a la
- Mediante Auto Supremo 099/2012-RA de 14 de mayo, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de análisis
- II
- de cien Bolivianos, que alcanza a la suma de diez mil bolivianos, a ser cancelados
- Establecido el ámbito de análisis en el Auto de Admisión del presente recurso, se ingresa
- Del análisis de obrados, se evidencia que Takahiro Seo Takeuchi en su memorial de 6
- "
- Y, conforme se señaló en el acápite II
- este Tribunal, y por la emisión del decreto de 7 de marzo de 2012, que
- Por lo expresado, este Tribunal Supremo concluye que los recurrentes activaron una acción Constitucional, que
- una autoridad jurisdiccional, competente, independiente e imparcial; este derecho considerado como aquel que tiene toda
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Para fines del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
