Auto Supremo AS/0160/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0160/2012

Fecha: 22-Jun-2012

Consiguientemente, si tal asentimiento no se hace efectivo hasta antes de la emisión de la

Consiguientemente, si tal asentimiento no se hace efectivo hasta antes de la emisión de la sentencia, el juez, por expreso mandato de la Ley, se encuentra impedido de dictar tal resolución, debiendo limitarse a constatar la inexistencia del asentimiento o aprobación, y declarar, mediante auto motivado, por inexistente lo actuado