En los casos que el Tribunal de Alzada advierta la insuficiente fundamentación intelectiva en la
DOCTRINA LEGAL APLICABLE
En los casos que el Tribunal de Alzada advierta la insuficiente fundamentación intelectiva en la Sentencia que vulnere la previsión del art. 173 del Código de Procedimiento Penal, y sea evidente que no puede resolver directamente por tratarse de una problemática cuya resolución esta sujeta en su consideración al principio de inmediación; en aplicación del primer parágrafo del art. 413 del Código de Procedimiento Penal, deberá disponer la anulación total de la Sentencia y ordenar la reposición del juicio
En los casos que el Tribunal de Alzada advierta la insuficiente fundamentación intelectiva en la Sentencia que vulnere la previsión del art. 173 del Código de Procedimiento Penal, y sea evidente que no puede resolver directamente por tratarse de una problemática cuya resolución esta sujeta en su consideración al principio de inmediación; en aplicación del primer parágrafo del art. 413 del Código de Procedimiento Penal, deberá disponer la anulación total de la Sentencia y ordenar la reposición del juicio
- DELITO: allanamiento y robo
- MAGISTRADO RELATOR: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
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- 1
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- Respecto a la apreciación realizada por el Tribunal de Apelación se colige que se identificó
- 2)
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- En los casos que el Tribunal de Alzada advierta la insuficiente fundamentación intelectiva en la
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- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
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