Auto Supremo AS/0232/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0232/2012

Fecha: 06-Jul-2012

Añade que el Auto de Vista impugnado no es congruente y carece de una adecuada

Añade que el Auto de Vista impugnado no es congruente y carece de una adecuada fundamentación pues la apelación se basó principalmente en la inexistencia de renuncia por parte de la actora que desvirtúa el despido intempestivo previsto en el artículo 2-III de la Resolución Ministerial Nº 107/2010, que la Juez no ciñó su resolución a lo determinado en el Auto de Relación Procesal y la falta de fundamentación en normas positivas transgrediendo una vez más el artículo 236 del adjetivo civil, lo que amerita la anulación de obrados conforme dispone el artículo 254. 4) del Código de Procedimiento Civil, hasta que se dicte nueva sentencia