Auto Supremo AS/0236/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0236/2012

Fecha: 06-Jul-2012

CONSIDERANDO I

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 236
Sucre, 06/07/2012
Expediente: 79/2012-A
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia

VISTOS: los recursos de casación en el fondo de fs. 156-158 y 161-164, interpuestos por Diego Mark Baldivieso en representación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) y Ruth Elena Guillen de Maldonado respectivamente, contra el Auto de Vista Nº 120/2011-SSA-I de fecha 8 de noviembre de 2011 cursante a fs. 148, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro el proceso de reclamación seguido por Ruth Elena Guillen de Maldonado contra el SENASIR, la respuesta al recurso de la asegurada de fs. 167-168, el Auto que concedió los recursos de fs. 167 vta., los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I. Que dentro del trámite de reclamación, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR emitió el Auto Nº 0010697 de 7 de octubre de 2008 cursante a fs. 98-99 de obrados, por el que resolvió fusionar la renta de vejez del SENASIR y COSSMIL, a favor de la asegurada en el sector COSSMIL en la suma de Bs. 8.670,41, así también toda vez que la renta fusionada excedió el tope de la renta establecida, se reajustó a Bs. 7.974,54, disponiendo además que el importe del cobro indebido de Bs. 15.004,40 deberá ser descontado por COSSMIL en el equivalente al 20% de la renta fusionada con tope