Auto Supremo AS/0236/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0236/2012

Fecha: 06-Jul-2012

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad que le confiere el artículo 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADOS los recursos de fs. 156-158 y 161-164 de obrados, aclarando que el SENASIR debe efectuar la devolución de la totalidad de los descuentos realizados indebidamente a Ruth Elena Guillen de Maldonado de forma inmediata y sin mayor dilación en un solo pago, tomando en cuenta el tope señalado por el Decreto Supremo Nº 28322 de 1ro. de septiembre de 2005 y la Resolución Ministerial Nº 485 de 2 de septiembre de 2005