Auto Supremo AS/0291/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0291/2012

Fecha: 20-Ago-2012

Estas guías de orientación nos llevan al convencimiento de que entre la parte actora y

Respecto a la omisión por parte del Tribunal de apelación de la aplicación del artículo 38 del Reglamento al Estatuto del Funcionario Público, que enumera las entidades públicas que se encuentran excluidas de la aplicación de esta norma entre las que no se encuentra el FONDESIF, se debe aclarar, como se dijo precedentemente, esta institución y por ende sus empleados, se encontraban bajo la regulación de la Ley General del Trabajo antes de la aplicación y entrada en vigencia de la Ley Nº 2027, por lo que no corresponde emplear dicha norma en el caso objeto de análisis.
Estas guías de orientación nos llevan al convencimiento de que entre la parte actora y la entidad demandada, existió relación de dependencia y subordinación, como se manifestó precedentemente, por lo que corresponde reconocer a favor de la demandante los beneficios sociales previstos en los artículos 12 y 13 de la Ley General del Trabajo, como acertadamente determinaron en sus resoluciones los de instancia, emitiendo un fallo apegado a la ley, en base a una correcta y adecuada valoración de las pruebas aportadas durante la tramitación del proceso, conforme determinan los artículos 3. j) y 158 del Código Procesal del Trabajo