Regístrese, notifíquese y devuélvase
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el artículo 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 404 a 410, con costas. Así mismo, se llama la atención al Juez a quo, por emitir el innecesario proveído de 30 de noviembre de 2010, que dio lugar a la dilación de la ejecución del Auto de Vista Nº 106/2010 de 10 de septiembre de 2010.
Regístrese, notifíquese y devuélvase
Regístrese, notifíquese y devuélvase
- VISTOS: El Recurso de Casación en el Fondo y en la Forma de fs
- En grado de apelación - deducida por GRACO CBBA (fs
- La empresa EMCOGAS SAM EN LIQUIDACION, al amparo de los artículos 257, 253 y 254
- Que, el Auto de 4 de enero de 2011, omitió citar las leyes en que
- Que, el Auto de Vista Nº 106/2010 omitió exponer los fundamentos fácticos de la decisión,
- Finalmente impetró al Tribunal Supremo de Justicia, CASE las resoluciones recurridas (Auto de Vista Nº
- CONSIDERANDO II: De la revisión y compulsa de antecedentes del proceso, lo expuesto en el
- Respecto al reclamo de que el juez de la causa, no dio aplicación del artículo
- En cuanto al atentado al debido proceso porque al decir del recurrente, el Auto de
- Consecuentemente, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde dar aplicación a los
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante Mi: Raúl Tito Choclo Rubin de Celis
- Secretario de Cámara de Sala Social y Adm.
