Auto Supremo AS/0005/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0005/2013

Fecha: 01-Oct-2013

Correspondiendo a cargo del empleador el pago de la siguiente liquidación

Proceso : Reliquidación de Derechos Laborales
Recurso : Casación

VISTOS: El Recurso de Casación presentado por Julio Octavio Villarroel Rosales, en representación legal de laCooperativa Agropecuaria 1º de Septiembre Bermejo Ltda., mediante Testimonio Poder Nº 118/2.009 de 17 de febrero de 2009 de fs. 85 a 86 vta. de actuados, dentro del proceso social por Reliquidación de Derechos Laborales seguido por Freddy Quiroga Chavarría; los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Bermejo - Tarija, dictó Sentencia de 19 de diciembre de 2008 fs. 67 a 70, declarando PROBADA en parte la demanda de derechos laborales de fs. 1 a 2, incoada por Fredy Quiroga Chavarría contra la Cooperativa Agropecuaria 1° de Septiembre Bermejo Ltda., representada por el Ing. Miguel Erazo Campos, debiendo cancelar la parte demandada al actor, la suma de Bs. 8.992,55 y costas. Declarando al mismo tiempo, IMPROBADAS las excepciones de Pago y Prescripción opuesta por el demandado a fs. 78 y; finalmente, declara haber lugar a la multa del 30% sobre el total de Bs. 8.992,55, por no haberse cancelado los derechos laborales dentro de los quince días de la conclusión de la relación laboral, a determinarse y cancelar en ejecución de Sentencia.
Correspondiendo a cargo del empleador el pago de la siguiente liquidación:

Ingreso Octubre de 1999 Retiro Junio de 2007
Salario indemnizable Bs. 1.470.-
_______________________________________________________
1).- Indemnización: Bs. 5.586 .-
2).- Bono de Frontera Reintegro: Bs. 7.695,60
3).- Aguinaldo Reintegro (doble): Bs. 4.938,57
4).- Hrs. Extras, Noct. Domingos, Feriados: Bs. 3.772,38
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SUB TOTAL: Bs. 21.992,55
_______________________________________________________MENOS PAGOS PARCIALES: Bs. 13.000 .-
_______________________________________________________TOTAL Bs. 8.992 .-
En grado de Apelación, por Auto de Vista de 27 de febrero de 2009 de fs.91 a 92 vta., la Sala Social y Administrativa de la Respetable Corte Superior de Justicia de Tarija, CONFIRMÓ totalmente la Sentencia apelada. Con cotas