Auto Supremo AS/0097/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0097/2013

Fecha: 31-Oct-2013

En consecuencia, habiéndose transgredido normas de orden público y de cumplimiento obligatorio, de acuerdo con

En consecuencia, habiéndose transgredido normas de orden público y de cumplimiento obligatorio, de acuerdo con la facultad conferida por el artículo 15 de la Ley de Organización Judicial, Nº 1455 aplicable al caso por encontrarse en vigencia al momento de la tramitación del proceso, así como del artículo 252 del Código Adjetivo Civil, en observancia de las normas remisivas contenidas en los artículos 1 y 24 del Procedimiento Coactivo Fiscal, corresponde resolver el presente recurso, de acuerdo con el artículo 275 en relación con el inciso 3) del artículo 271, ambos del Código de Procedimiento Civil