Auto Supremo AS/0270/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0270/2013-RRC

Fecha: 17-Oct-2013

El recurrente Javier Olmos Cárdenas, invocó los Autos Supremos 444 de 15 de octubre de


El recurrente Javier Olmos Cárdenas, invocó los Autos Supremos 444 de 15 de octubre de 2005, 437 de 24 de agosto de 2007 y el Auto Supremo 319/2012-RRC de 4 de diciembre, dichos precedentes contienen la siguiente doctrina legal:

Auto Supremo 444 de 15 de octubre de 2005: “Que se consideran defectos absolutos cuando en la sentencia no existen razones ni criterios sólidos que fundamenten la valoración de las pruebas, omisión que se constituye en defecto insalvable, porque genera incertidumbre a la parte acusadora, este defecto, además se inscribe en el inciso 1) del artículo 370 del Código de Procedimiento Penal, por afectar a la aplicación de la ley sustantiva, tribunales que desconociendo sus atribuciones como el de aplicar la ley que se encuentra estatuida en el artículo 116 de la Constitución Política del Estado en los términos que siguen: "La ley determina las atribuciones de los tribunales y juzgados de la República" y la seguridad jurídica prevista en el artículo 7 inc. a) de la misma Carta Magna