Auto Supremo AS/0279/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0279/2013

Fecha: 02-Oct-2013

En ese marco, el artículo 420 del Código de Procedimiento Penal señala: “(Efectos)

En ese marco, el artículo 420 del Código de Procedimiento Penal señala: “(Efectos). La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia pondrá en conocimiento de los tribunales y jueces inferiores las resoluciones de los recursos de casación en las que se establezca la doctrina legal aplicable. La doctrina legal establecida será obligatoria para los tribunales y jueces inferiores y sólo podrá modificarse por medio de una nueva resolución dictada con motivo de otro recurso de casación.” (sic)