Auto Supremo AS/0615/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0615/2013

Fecha: 08-Oct-2013

Por otra parte, se acusó que el fallo recurrido hubiera vulnerado los artículos 196 y

Por otra parte, se acusó que el fallo recurrido hubiera vulnerado los artículos 196 y 252 del Código Procesal del Trabajo con relación al artículo 441 del Código de Procedimiento Civil, y al 1333 del Código Civil, al haberse confirmado la Sentencia bajo los mismos argumentos de éste último fallo, y otorgando valor probatorio al informe pericial que estaría viciado de nulidad, por cuanto estaría invadiendo competencia jurisdiccional al asignar valor específico a la prueba de la contraparte y fundamentar aspectos eminentemente legales, apartándose de su rol como perito en auditoría, determinando los beneficios sociales que supuestamente corresponden al demandante, anticipando con ello lo que debe resolverse en Sentencia y viciando de nulidad dicho acto, mencionando a tal efecto el artículo 122 de la Constitución Política del Estado; empero, tales cuestiones no se circunscriben a las causales de procedencia del recurso de casación en la forma contenidos en el artículo 254 del Código de Procedimiento Civil, razón que conlleva la imposibilidad para que este Tribunal ingrese a analizar el mismo, máxime cuando tales objeciones están referidas al fondo de la problemática y relacionadas a la valoración probatoria