Auto Supremo AS/0684/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0684/2013

Fecha: 13-Nov-2013

Que, el Auto de Vista recurrido incurre en las causales contenidas en el artículo 253

2. Fundamentos del recurso de casación.- Contra los citados fallos, la actora Margarita Calvo Calvo, a fs.150 a 154 planteó recurso de casación en el fondo, acusando:
Que, el Auto de Vista recurrido incurre en las causales contenidas en el artículo 253 del Código de Procedimiento Civil debido a que se evidencia:
1) Violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, en razón a que en el Considerando II el Auto de Vista no señala las disposiciones legales por las cuales el Director Ejecutivo designaría, promovería o destituiría al asesor legal nacional y otras autoridades, soslayando el artículo 77 del Estatuto de la Caja Petrolera de Salud cursante a fs. 54, referido a que el personal que presta sus servicios en dicha institución, está sujeto a la Ley General del Trabajo, quebrantando el artículo 48. I. II de la Constitución Política del Estado, respecto a la observancia de los principios que rigen en materia laboral y cuyo cumplimiento es obligatorio por gozar de primacía frente a otras disposiciones; acusando con este hecho la violación del artículo 410. II de la C.P.E