Dicho fallo motivó el recurso de nulidad y
I. 2. Recurso de Casación:
Dicho fallo motivó el recurso de nulidad y de casación en el fondo, interpuesto por la empresa demandada por intermedio de su representante legal Claudia Mónica Chávez Barrancos, que en lo sustancial de su contenido acusó:
Que se incurrió en errónea apreciación de las pruebas aportadas al proceso, dado que entre el actor y la empresa demandada no existió relación laboral sujeta a la Ley General del Trabajo, habiendo sido consultor, no refiriendo el demandante su forma de contratación, imprecisión que no posibilitaría conocer las pretensiones del demandante, lo que habría causado indefensión en la empresa
Dicho fallo motivó el recurso de nulidad y de casación en el fondo, interpuesto por la empresa demandada por intermedio de su representante legal Claudia Mónica Chávez Barrancos, que en lo sustancial de su contenido acusó:
Que se incurrió en errónea apreciación de las pruebas aportadas al proceso, dado que entre el actor y la empresa demandada no existió relación laboral sujeta a la Ley General del Trabajo, habiendo sido consultor, no refiriendo el demandante su forma de contratación, imprecisión que no posibilitaría conocer las pretensiones del demandante, lo que habría causado indefensión en la empresa
- Expediente: 364/2013-S
- I. 1. Antecedentes con relevancia jurídica
- En apelación deducida por la parte demandada a
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad y
- Que los servicios por producto que prestó el
- Con relación al pago de horas extras, anotó
- Respecto al desahucio, argumentó que tampoco le corresponde
- Que la Juez a quo, no habría tomado
- Que la Juez a quo, no consideró las
- Concluyó señalando que, oportunamente se demostró que el
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- Al contrario, este Tribunal observa que, realizando una
- Si bien se refirió en el apartado tercero
- Por otra parte, refiriéndonos a la acusación de
- En cuanto al reclamo sobre el pago de
- Respecto al desahucio, cuyo pago fue dispuesto por
- Si bien el recurso refiere en un punto
- Por lo relacionado, corresponde resolver el recurso en
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del
- Se regula el honorario del profesional abogado en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
