Auto Supremo AS/0689/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0689/2013

Fecha: 13-Nov-2013

Respecto al desahucio, cuyo pago fue dispuesto por

Respecto al desahucio, cuyo pago fue dispuesto por los de instancia, bajo el fundamento que la parte demandada no demostró con prueba plena y fehaciente la verdadera causal de retiro del trabajador, como era su obligación al tenor de los artículos 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo, concluyendo en consecuencia y al tenor de la presunción contenida en el artículo 182. c) del cuerpo procesal laboral citado, que el retiro del trabajador fue forzoso e intempestivo, disponiendo por ello su pago conforme la previsión del artículo 12 de la Ley General del Trabajo, resolución que hoy es cuestionada por la parte recurrente bajo el argumento que el actor se habría retirado voluntariamente al haberse ido y no retornado más a raíz de un simple impase sin que nadie lo echara de su fuente de trabajo; sin embargo no se señala cual sería la prueba sobre la cual el juzgador de instancia habría incurrido en error de hecho o de derecho, puesto que el fallo de los tribunales de grado es claro en cuanto a que se dispone su pago porque el demandado no desvirtuó la pretensión del actor, haciendo correcta la aplicación de la presunción referida, no siendo por ello suficiente que se arguya que “se habría retirado voluntariamente al haberse ido y no retornado más a raíz de un simple impase sin que nadie lo echara de su fuente de trabajo”, máxime si la empresa demandada al momento de presentar el recurso de apelación cursante de fs. 245 a 246, señaló que: “…con relación al pago de desahucio tampoco corresponde porque este renunció de manera personal y prepotente en la cual algunos funcionarios escucharon su renuncia”, aseveración que tenía la obligación de demostrarlo en el proceso, lo que en el caso no ocurrió