Si bien el recurso refiere en un punto
Si bien el recurso refiere en un punto por separado y sin mayor fundamentación, bastante prueba que cursa en el cuaderno procesal, empero no se especifica qué se pretendería demostrar con aquella prueba en lógica relación con los puntos recurridos, o si la misma habría sido valorada en forma errónea por los juzgadores de instancia y de qué tipo de error se trataría, conforme la previsión del artículo 253. 3) del Código de Procedimiento Civil, dado que, revisado el fallo de primera instancia se advierte que no resulta evidente que la Juez a quo haya omitido considerar las pruebas referidas en el recurso de casación, conforme se acusa por la parte hoy recurrente, dado que toda esa prueba está señalada en el considerando tres de la Sentencia de fs. 239 a 242, constituyendo por ello la misma, base para el fallo en cada uno de los conceptos resueltos
- Expediente: 364/2013-S
- I. 1. Antecedentes con relevancia jurídica
- En apelación deducida por la parte demandada a
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad y
- Que los servicios por producto que prestó el
- Con relación al pago de horas extras, anotó
- Respecto al desahucio, argumentó que tampoco le corresponde
- Que la Juez a quo, no habría tomado
- Que la Juez a quo, no consideró las
- Concluyó señalando que, oportunamente se demostró que el
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- Al contrario, este Tribunal observa que, realizando una
- Si bien se refirió en el apartado tercero
- Por otra parte, refiriéndonos a la acusación de
- En cuanto al reclamo sobre el pago de
- Respecto al desahucio, cuyo pago fue dispuesto por
- Si bien el recurso refiere en un punto
- Por lo relacionado, corresponde resolver el recurso en
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del
- Se regula el honorario del profesional abogado en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
