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    Auto Supremo AS/0691/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0691/2013

    Fecha: 13-Nov-2013

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    • ==========================================================================VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
    • Ante esta situación, el solicitante interpuso recurso de apelación de fs
    • Moisés Erlan Paco Mamani, en representación legal SENASIR, al amparo de lo previsto en los
    • I.1.1. Con relación a la Renta por el Régimen Básico
    • En el presente caso, con relación a los aportes efectuados a la UAGRM, existen períodos
    • Que, así mismo, entran en la simultaneidad los períodos enero 1968 a agosto de 1980,
    • I.1.2. Con relación al pago global por el Régimen Complementario
    • Que, el Tribunal de Alzada, consideró que el pago global, debe ser calificado, conforme a
    • Que, la otorgación del pago global complementario se efectivizó en base a los aportes efectivamente
    • I.1.3. Normas legales violadas e indebidamente aplicadas
    • CONSIDERANDO II: De la revisión y compulsa de antecedentes del proceso, lo expuesto en el
    • Para resolver este recurso, es preciso responder en conjunto a los tres puntos expresados como
    • De la atenta revisión de antecedentes se tiene que, con relación a los aportes efectuados
    • El artículo 71 del Código de Seguridad Social, establece que se entenderá como base de
    • Por lo referido, se concluye que al ser en parte evidentes las infracciones denunciadas en
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
    • En cumplimiento del artículo 41 de la Ley del Órgano Judicial concordante con la Sentencia
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
    • Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
    • Secretaria de Sala Social y Administrativa

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