Auto Supremo AS/0691/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0691/2013

Fecha: 13-Nov-2013

Ante esta situación, el solicitante interpuso recurso de apelación de fs

Ante esta situación, el solicitante interpuso recurso de apelación de fs. 277 a 278, el mismo fue resuelto por Auto de Vista Nº 64 de 9 de abril de 2013 de fs. 306 a 307 emitido por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por el que se revocó la Resolución Nº 00194/12 de 18 de abril de 2012 de fs. 261 a 265, pronunciada por la Comisión de Reclamación, y deliberando en el fondo ordenó a la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, proceda a calificar la renta complementaria de vejez considerándose los aportes de ADEPA al fondo Complementario de Comercio a partir de julio de 1973 hasta febrero de 1995 en base a un promedio de los 12 últimos salarios, con carácter retroactivo a partir de la presentación del expediente del asegurado, sin costas